Muchos conductores están al tanto de las sanciones más comunes de la Dirección General de Tráfico (DGT), como las relacionadas con el exceso de velocidad, la conducción bajo los efectos del alcohol o el uso indebido del móvil. Sin embargo, hay infracciones menos conocidas que pueden resultar en multas considerables, incluso si tu coche está aparcado.
Una de estas infracciones es la colocación de carteles de venta en los vehículos. Aunque hace unos años era común ver coches con un cartel de “Se Vende” en el parabrisas o en la luneta trasera, hoy en día esta práctica puede salir muy cara. De acuerdo con el Reglamento General de Circulación, la DGT sanciona cualquier elemento que reduzca la visibilidad del conductor. Esto incluye desde un parabrisas excesivamente sucio hasta pegatinas y objetos colgantes en el interior del vehículo, con multas que pueden oscilar entre 80 y 200 euros.
Pero, ¿sabías que tener un cartel de venta en tu coche también puede considerarse una infracción? En ciertos municipios, esta práctica se considera una forma de venta ambulante, lo que podría acarrear multas de hasta 1.000 euros. Por ello, es fundamental que antes de colocar un cartel en tu coche, revises las normativas municipales del lugar donde resides o donde piensas dejar el vehículo estacionado.
La infracción no solo implica una posible multa económica, sino también la posibilidad de enfrentar una sanción significativa si no te informas adecuadamente. Un simple error, como colocar un cartel, podría tener un coste de hasta 1.000 euros según se trate de la ordenanza municipal del Ayuntamiento de turno. Por lo que, toma medidas, tar estos problemas, infórmate bien y toma medidas preventivas.
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